Secretaria general del concejo municipal para Puerto Berrío. Puerto Berrío
Organismo que ejerce funciones administrativas de manera permanente, requiere para su equipo de trabajo personas con estudios mínimos de sexto semestre aprobado de una carrera profesional preferiblemente en administración o derecho, con dos (2) años de experiencia en áreas administrativas para desempeñarse como secretario/a general.
Deberá asistir a todas las sesiones, realizar la convocatoria a sesiones que se programen por autorización del presidente y de la mesa directiva, de conformidad con lo previsto en este reglamento, llevar y firmar las actas, de acuerdo con la sana costumbre y el reglamento, así como certificar la fidelidad de su contenido, dar lectura a los proyectos, proposiciones y demás documentos y mensajes que deban ser leídos en sesión lenaria, informar sobre los resultados de toda clase de votación que se cumpla en la corporación, elaborar las comunicaciones oficiales que deban ser enviadas por el presidente o por la mesa directiva, informar regularmente al presidente de todos los documentos y mensajes dirigidos a la corporación, acusar oportunamente su recibo, y mantener organizado y actualizado un registro de entrega y devolución de los mismos y de los enviados a las comisiones permanentes, recibir y dar trámite a todo documento o petición que llegue al Concejo con destino a la Presidencia y a la Secretaría General de la Corporación, recibir y radicar los proyectos de acuerdo, y repartirlos a la comisión correspondiente para su trámite en primer debate, llevar los siguientes libros: el de actas; el de registro de intereses privados de los concejales de que trata el artículo 70 inciso segundo de la ley 136 de 1994, y el de registro de participación ciudadana a que se refiere el artículo 77 de la misma ley, organizar el archivo del Concejo, acompañado del índice de los acuerdos municipales expedidos, las resoluciones dictadas y las actas aprobadas, dirigir y publicar la Gaceta del Concejo, ser jefe administrativo de los empleados al servicio de la corporación, recibir la inscripción de constitución de las Bancadas existentes al interior del Concejo Municipal junto con sus estatutos y publicar los documentos constitutivos de las mismas.