Entrenador/a de alturas seguridad y salud en el trabajo o afines.
1 VacantesSalud en Tunja, Boyacá
- Salario: $ 2.300.000,00 (Mensual)
- Categoría: Medicina / Salud
- Subcategoría Salud
- Localidad: Tunja
- Activo desde: 12/04/2024
- Jornada: Tiempo Parcial
- Tipo de Contrato: Contrato a término indefinido
- Cantidad de Vacantes: 1
- Educación Mínima: Universidad / Carrera Profesional
- Años de Experiencia: 1
Requisitos:
- Tecnólogo o Profesional en seguridad y salud en el trabajo y/o afines.
- Licencia en salud ocupacional vigente.
- Certificación de curso de formación y/o diplomado de Entrenador de Trabajo Seguro en
Alturas con norma actual 4272 de 2021 (Indispensable).
- Experiencia de más de un (1) año como Entrenador de alturas.
Funciones principales:
1. Controlar que el material, equipos, estructuras y demás elementos necesarios para
cumplir con los objetivos de la capacitación y entrenamiento estén disponibles, de
acuerdo con lo establecido en la resolución 4272 de 2021 y de acuerdo con el programa de
inspección y mantenimiento.
2. Controlar que el material, equipos, estructuras y demás elementos necesarios para la
capacitación y el entrenamiento sean inspeccionados y se les realice mantenimiento.
3. Actualizar y controlar los materiales, equipos, estructuras y demás elementos necesarios
para la capacitación y entrenamiento.
4. Asegurar que las etapas de entrenamiento sean supervisadas permanentemente por una
persona calificada del mismo centro.
5. Verificar que las áreas de entrenamiento estén restringidas durante los periodos de
descanso.
6. Constatar que la información suministrada por los aspirantes y/o el empleador sea
verídica y completa.
7. Verificar que las condiciones de asistencia y evaluación establecidas para cada curso de
formación se cumplan, previo a la expedición de los certificados respectivos.
8. Generar y mantener evidencia del desarrollo de las actividades anteriores.
9. Asegurar la actualización y la evaluación periódica de los entrenadores.
10. Realizar entrenamiento de los cursos de acuerdo con la Resolución 4272 de 2021.
11. Supervisar la respectiva clasificación de los cursos.
12. Apoyo a la gestión comercial.